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USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR POR EL CÓNYUGE NO PROPIETARIO

10/01/2022

Noticias legales y comentarios interesantes sobre divorcio facilitados por Divorcial*

Uno de los acuerdos del divorcio es la atribución del uso de la vivienda familiar, la cual en ocasiones es propiedad de uno de los cónyuges. En tal caso, puede plantearse el problema de su atribución cuando el interés más necesitado de protección no es el cónyuge titular del mismo y no se le atribuye al cónyuge titular la custodia de los hijos.

Jurisprudencia en la atribución del uso al cónyuge no propietario

En su sentencia de fecha 13 de diciembre de 2021, el Tribunal Supremo resuelve atribuir el uso de la vivienda familiar, propiedad privativa del esposo, a la esposa y a los hijos del matrimonio hasta la emancipación de éstos.

Valora dicha sentencia, entre otras circunstancias, que el interés que se protege no es la propiedad, sino los derechos que tiene el menor en una situación de crisis de la pareja.

También en el divorcio express los cónyuges al negociar los acuerdos de su divorcio deberán tener presente como criterio prioritario el bienestar de los hijos.

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*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.