Flash Jurídico
Pensión Compensatoria. Encontrar el equilibrio
En caso de divorcio de mutuo acuerdo ambos cónyuges son capaces de acordar los efectos de su divorcio. Fijar las prestaciones económicas no tiene que ser un problema. En cuanto a la pensión compensatoria hay que encontrar el equilibrio.
Uno de los consejos que damos desde Divorcial, es que, cuando ello sea posible, se tramite el divorcio de mutuo acuerdo. Ante la cantidad de preocupaciones del mundo actual, es más que nunca recomendable que se opte por la calma y el bienestar.
Con el mutuo acuerdo, el estrés y la tensión del divorcio serán significativamente menores, en especial si se trata de un divorcio con hijos, aunque también en el caso del divorcio sin hijos.
El equilibrio en la Pensión compensatoria.
Para llegar a un buen entendimiento entre los cónyuges al decidir en el divorcio sobre las prestaciones económicas entre ellos, el equilibro es lo más importante.
Si bien en ocasiones se tiene la sensación de que económicamente se sale perjudicado, ello puede no ser realmente cierto si se sabe encontrar la armonía.
Posición de los Tribunales
En nuestra intención de hacer el derecho fácil y asequible, para ejemplificar cómo se equilibran las prestaciones económicas comentamos una sentencia de 4-5-2022 del Tribunal Supremo español:
– Circunstancias de los esposos al momento del divorcio:
- Esposo: con un grado de discapacidad del 50 %. Percibe una pensión de jubilación desde los 61 años por importe neto de 132.075,43 euros en 2014
- Esposa: Con un grado de discapacidad del 85%. Dejó de trabajar en 1994 y, tres años después, las partes contrajeron matrimonio. Es usufructuaria de tres inmuebles, y cobra dos pensiones de jubilación por un importe conjunto de unos 900 euros mensuales.
– Régimen del matrimonio: Separación de bienes
– Duración del matrimonio: 20 años
– Petición económica de la esposa: además de la disolución del vínculo y otras medidas, solicitó una pensión compensatoria indefinida por importe de 4.000 euros.
– Posición del esposo respecto de la petición de la esposa
- Solicita se deniegue establecer una pensión compensatoria a favor de la esposa,
- Para el caso de que se estime establecer una pensión compensatoria solicita que se declare su devengo desde el dictado de la sentencia sin concederle carácter retroactivo, y se fije una cuantía por un importe de 400 euros mensuales, con un límite temporal de 5 años de vigencia.
Decisiones de los Juzgados y Tribunales respecto de la pensión compensatoria
- Juzgado de 1ª. Instancia: Desestimó la petición de pensión compensatoria. Tramitado el divorcio contencioso en primera instancia, el Juzgado no apreció la existencia de desequilibrio económico al tiempo de la ruptura y
- Audiencia Provincial: Estableció una pensión compensatoria por importe de 2.000 euros, con carácter indefinido. En el Recurso de Apelación contra la sentencia de Primera Instancia, la Audiencia Provincial valoró la desequilibrante disparidad de ingresos entre ambas partes y que existió un empeoramiento al tiempo de la ruptura respecto de la situación patrimonial de la que disfrutaba la esposa durante el matrimonio.
- Tribunal Supremo: Redujo la pensión compensatoria de 2.000 a 1.000 euros con carácter indefinido. Finalmente el Tribunal Supremo ha reducido la pensión compensatoria de 2.000 a 1.000 euros con carácter indefinido, en razón del desequilibrio económico generado tras el divorcio.
Circunstancias valoradas por el Tribunal Supremo para establecer la pensión compensatoria.
Para llegar a su conclusión sobre el valor de la pensión compensatoria para la esposa, el Tribunal Supremo ha tenido en cuenta las siguientes circunstancias:
- Que la esposa dejó de trabajar al casarse o poco antes, cuando ya convivía con su pareja “pero no consta que nada le impidiese seguir trabajando”.
- Que al momento del divorcio, la esposa mantenía una “notable cantidad de dinero en su cuenta corriente”.
- Que pese a no tener ingresos propios, la esposa adquirió (vigente el matrimonio) el usufructo de un piso, garaje y trastero. Aunque el esposo tiene la nuda propiedad, ella “puede disfrutar de las rentas derivadas de dicho piso, o habitarlo”.
En definitiva, cada caso es especial, y deben tomarse en consideración todas las circunstancias económicas tales como la de a qué cónyuge se atribuye el domicilio familiar, los años de duración del matrimonio, etc. En todo caso, y en especial respecto de la pensión compensatoria es conveniente buscar el equilibrio. Así se podrá avanzar y ahorrar tiempo, dinero y estrés.
Enlaces de Interés
Divorcio Express de mutuo acuerdo
*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.