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El Divorcio Express y la nueva legislación sobre los animales

23/12/2021

Se ha dictado la nueva legislación sobre los animales que regula su régimen jurídico y que afecta al divorcio express en lo relativo a las mascotas de la pareja.

En el divorcio express una de las cuestiones que a menudo se plantean los cónyuges es quién se queda la mascota o mascotas de la familia, cómo regular sus cuidados, el pago de su alimentación, el veterinario, etc…

Las mascotas normalmente se convierten en uno más de la familia. No obstante, la legislación española, antes de la nueva legislación, los contemplaba como “cosas”. Ello dificultaba, en ocasiones, que pudieran regularse en el Convenio Regulador del Divorcio express pactos acerca de las mascotas. Incluso había juzgados que no admitían pactos relativos a los animales domésticos en el Convenio Regulador.

Tal como dice la nueva Ley que regula el régimen jurídico de los animales en su Preámbulo:

La actual regulación de los bienes del Código Civil dota a los animales del estatuto jurídico de cosas, en concreto con la condición de bienes muebles. Resulta paradójico que el Código Penal ya distinguiera en 2003 entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, reforma sobre la que se profundizó en 2015, mientras que el Código Civil sigue sin reconocer que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad.”

Ahora, con la nueva nueva legislación sobre los animales se modifica la condición jurídica de éstos y se quiere

“sentar el importante principio de que la naturaleza de los animales es distinta de la naturaleza de las cosas o bienes, principio que ha de presidir la interpretación de todo el ordenamiento …” 

En el divorcio express la nueva legislación sobre los animales representa que no sólo podrán tenerse en cuenta las mascotas a la hora de plantearse un divorcio amistoso, sino que ahora las mascotas podran formar parte ampliamente del Convenio Regulador sin temor a que un Juzgado inadmita tales pactos. No sólo ello, sino que ya sea por divorcio express ante el Juez, ante el Letrado de la Administración o divorcio ante Notario, se vigilará que los pactos adoptados no perjudiquen a las mascotas familiares.

Para saber más acerca del contenido mínimo del Convenio Regulador leer aquí 

Tanto es así que la nueva legislación, que entrará en vigor el próximo día 5-1-2022, regula las relaciones de convivencia que se establecen entre los animales y los seres humanos. En lo que afecta al divorcio express es interesante destacar que establece modificaciones importantes, como que:

1- En el Convenio Regulador del Divorcio, se recogerá también el pacto relativo al destino de los animales de compañía, en caso de que existan. Estos pactos tendrán en cuenta:

  • El interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; 
  • Si se confía a uno a ambos miembros de la pareja
  • El reparto de los tiempos de convivencia y  la forma en que el cónyuge al que no se hayan confiado podrá tenerlo en su compañía.
  • El cuidado, en caso de que sea necesario
  • Las cargas asociadas al cuidado de la mascota
  • Incluso pueden adoptarse medidas para conservar el derecho de cada miembro de la pareja.

2- El juez aprobará los acuerdos que la pareja haya adoptado en el Convenio Regulador de su divorcio, salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges, o si son gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía. En este caso, la autoridad judicial ordenará las medidas a adoptar, sin perjuicio del convenio aprobado.

Ello se aplica también a los divorcios de mutuo acuerdo que se tramiten ante el Letrado de la Administración de Justicia o ante notario.  En estos casos, se añade por la actual regulación una nueva posibilidad. A la ya existente de que si el Letrado de la Administración o el Notario considera que  los pactos pueden ser dañosos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges o para los hijos mayores o menores emancipados afectados, lo adviertan a los cónyuges y den por terminado el expediente, se añade laposibilidad de que tal cierre se de tambien si considera que los acuerdos son gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía.

En tales casos habrá que acudir al juez para la aprobación de la propuesta de convenio regulador.

3- Se establece la posibilidad de solicitar la modificación del Convenio Regulador si se hubieran alterado gravemente las circunstancias de los animales de compañía.

4- Se contempla si existen malos tratos a animales o la amenaza de causarlos como medio para controlar o victimizar al otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos, a fin de determinar si procede la guarda conjunta de los hijos menores.

En definitiva, en el divorcio express la nueva legislación sobre los animales es un paso adelante y una buena noticia en especial para los amantes de los animales que  quieren divorciarse y tienen una mascota. Sin duda la nueva regulación va a facilitar que se puedan alcanzar más fácilmente acuerdos que beneficien a las mascotas y por ende, a los miembros de la pareja haciendo más fácil su divorcio amistoso.



*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.

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*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.

Para acceder a la nueva regulación clique aquí

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