Derecho fácil
El derecho de uso en Catalunya
Divorcio derecho fácil es una explicación sencilla de conceptos jurídicos de Derecho de familia que encontrarás en los artículos sobre divorcio ofrecidos por Divorcial.
El derecho de uso es un derecho real, al igual que el derecho de propiedad, que da a su titular el derecho de usar un bien ajeno en exclusiva la cosa.
En el Código Civil de Catalunya (CCCat) se define el derecho de uso como el derecho a:
“poseer y utilizar un bien ajeno en la forma establecida por el título de constitución o, en su defecto, de modo suficiente para atender sus necesidades y las de quienes convivan con ellos”.
Se trata, pues, de un derecho independiente del de propiedad de la cosa sea mueble o inmueble.
Derecho de uso de la vivienda en Catalunya
Concretamente respecto del uso de la vivienda el Código Civil de Catalunya establece que;
1.- Extensión del derecho de uso
Este derecho se extiende a la totalidad de la vivienda, sus dependencias y los derechos anexos (artículo 562.7 CCCat.
2.- Pago de los gastos de la vivienda
Es a cargo de quien tiene derecho de uso el pago de los siguientes gastos (artículo 562.11 CCCat):
- Los gastos de la vivienda que deriven de su utilización y que se puedan concretar.
- Los gastos correspondientes a los servicios que haya instalado o contratado.
En el derecho de familia, este derecho al uso es el que se concede a un cónyuge cuando, en el caso de divorcio se le atribuye ya sea por sentencia judicial de divorcio o en el Convenio Regulador del divorcio, el derecho de uso de la vivienda familiar, uso que puede atribuirse aunque el titular sea el otro cónyuge.
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