Divorcio, Inmobiliario
¿Puedo irme de casa antes de estar divorciado?.
Una de las preguntas que nos hacen nuestros clientes al iniciar los trámites del divorcio de mutuo acuerdo es ¿puedo irme de casa antes de estar divorciado?. Muchas veces uno de los cónyuges tiene prisa por irse de casa. Puede ser que quiera comenzar ya una nueva vida; o puede que continuar en casa sea motivo de discusiones, o de estrés.
Tabla de contenidos
- ¿Puedo irme de casa sin estar divorciado?
- ¿Puede el haber marchado del domicilio familiar afectar al régimen de custodia en contra del progenitor que ha marchado?.
- Posición de los Juzgados ante la marcha del domicilio familiar
- ¿Marchar de la vivienda familiar puede ser delito?
- Conclusión
¿Puedo irme de casa sin estar divorciado?
Cuando una pareja llega al punto de querer divorciarse en muchas ocasiones es porque ha llegado el momento en que la convivencia se ha convertido en insoportable. Por tanto, es habitual que uno de los cónyuges decida irse mientras se tramita el divorcio.
En un divorcio de mutuo acuerdo sin hijos, no acostumbran a producirse problemas por dejar el domicilio antes del divorcio. Generalmente ambos miembros de la pareja llegan a un acuerdo amistoso al respecto, en especial si siguen unas pautas para evitar conflictos al iniciar un divorcio o separación de mutuo acuerdo.
En el caso del divorcio de mutuo acuerdo con hijos, la cuestión puede complicarse más. La problemática puede presentarse, principalmente, si iniciado el trámite de divorcio amistoso, se cambia a divorcio contencioso.
¿Puede el haber marchado del domicilio familiar afectar al régimen de custodia en contra del progenitor que ha marchado?.
Ante todo tienes que tener en cuenta que cuando la pareja ya se ha decido por el divorcio y ha iniciado los trámites, puedes irte de casa antes de que el Juzgado dicte la resolución acordando tu divorcio. Es más, en muchos casos el sentido común recomienda irse del domicilio familiar para evitar tensiones o conflictos. Ello no puede suponer que renuncies a la guarda de los hijos.
Estamos hablando de una salida civilizada. Es decir, no irte sin más, sino que debes:
- decir dónde vas a alojarte para que el otro progenitor pueda localizarte
- establecer una forma aunque sea provisional mientras se tramita el divorcio para poder seguir viendo a los hijos.
- no desentenderte económicamente de la familia.
- a falta de acuerdo firmado por ambos progenitores (convenio regulador) interponer la demanda de divorcio.
Posición de los Juzgados ante la marcha del domicilio familiar
Según la jurisprudencia, tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, la marcha “civilizada” del domicilio no tiene por qué perjudicar al progenitor que se ha ido a la hora de decidir a quién le corresponde la guarda de los hijos menores.
El Tribunal Supremo en su Sentencia nº 571/2015, 14 de Octubre de 2015 decretó que “no puede aceptar que la salida civilizada de uno de los progenitores de la vivienda familiar pueda calificarse jurídicamente como aceptación de la guarda y custodia por el otro progenitor.”
¿Marchar de la vivienda familiar puede ser delito?
Marchar del hogar familiar no constituye un delito de abandono de familia. Lo que constituye delito es desentenderse de la familia, no marchar del domicilio.
El delito de abandono de familia, está regulado en los artículos 226 y siguientes del código penal, que castiga la conducta consistente en “dejar de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados.”
También constituye delito el dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial.
Conclusión
Marchar del domicilio familiar puede ser incluso aconsejable a veces cuando permanecer en él puede ser motivo de conflictos o desavenencias. En todo caso, y sobretodo si hay hijos menores, la salida tiene que efectuarse de forma civilizada, no desentendiéndose de la familia. En todo caso es recomendable pensarlo bien antes de tomar esta decisión, pues lo mejor es abandonar el hogar familiar cuando se haya llegado a un acuerdo de divorcio suscrito por ambas partes, esto es, el Convenio Regulador.
Enlaces de Interés
Divorcio Express de mutuo acuerdo
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