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DIVORCIO Y USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR EN CASO DE MINUSVALÍA DEL CÓNYUGE

19/01/2022

Uno de los acuerdos que deben adoptarse en el divorcio es el relativo al uso de la vivienda familiar, pero ¿Qué pasa con el uso de la vivienda familiar en caso de minusvalía del cónyuge?.

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Si se trata de un divorcio con hijos menores, el uso del domicilio suele otorgarse al cónyuge que tenga la custodia. Pero ¿qué pasa si uno de los cónyuges sufre minusvalía? ¿tiene preferencia para la otorgación del uso de la vivienda familiar?.

Criterio judicial para otorgar el uso de la vivienda en caso de minusvalía: ceguera y sordera del excónyuge.

Por una parte, una norma general es que siempre hay que atender a las distintas circunstancias de cada caso en concreto. Los cónyuges son quienes mejor conocen las necesidades y posibilidades de cada uno.

Por otra parte, habrá que atender, para llegar a un acuerdo, a los criterios seguidos por la jurisprudencia al interpretar la legislación vigente

A este respecto, nos referimos a la sentencia de 22 de julio de 2021 de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. En dicha resolución el Tribunal consideró que la ceguera y la sordera del excónyuge no justificaban la asignación de uso de la vivienda familiar.

Tuvo en cuenta dicha sentencia, entre otras circunstancias, la capacidad económica del cónyuge que sufría estas minusvalías. Valoró dicha resolución que tenía una capacidad más que suficiente tanto para procurarse otra vivienda adaptada a sus necesidades como para contratar a un cuidador.

Por lo tanto, al negociar los cónyuges el uso de la vivienda familiar en el caso de que uno de los cónyuges sufra una minusvalía, deberán tener en cuenta las circunstancias económicas de dicho cónyuge después del divorcio.

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