Derecho fácil
Vecindad civil. Cómo se adquiere
Divorcio derecho fácil es una explicación sencilla de conceptos jurídicos de Derecho de familia que encontrarás en los artículos sobre divorcio ofrecidos por Divorcial.
En nuestro anterior artículo al hablar de los distintos tipos de régimen matrimonial existentes en España hacemos alusión a los diversos derechos civiles que coexisten en las distintas Comunidades Autónomas. Para saber el derecho aplicable es importante conocer la vecindad civil.
¿Qué es la vecindad civil?
Es un estado por el que se considera que una persona es vecina de un determinado territorio. Por tanto, la persona está sometida a la ley personal que sea aplicable en dicho territorio en determinadas materias.
¿Cómo se determina la vecindad civil?
Existen dos formas de determinarla
- Por la filiación.
- Ambos progenitores tienen la misma vecindad civil: el hijo también tendrá la misma.
- Los progenitores tienen distinta vecindad:
- Los padres eligen: los progenitores pueden elegir para sus hijos la vecindad civil de uno de ellos en los seis meses siguientes al nacimiento o adopción.
- Los padres no eligen: se determina por el lugar de nacimiento.
- Ninguno de los progenitores es español: se determina por el lugar de nacimiento.
En caso de duda prevalece la del lugar del nacimiento.
2. Por elección:
Existen determinados supuestos en los que se puede optar por una vecindad civil determinada:
- Los hijos la pueden elegir, desde que cumplen catorce años y hasta que transcurra un año desde su emancipación. Pueden optar por la del lugar de nacimiento o por la última vecindad de cualquiera de sus padres.
- El extranjero que adquiere la nacionalidad española tiene que optar por una vecindad.
- Cualquiera de los cónyuges no separados, puede optar en cualquier momento del matrimonio por la del otro cónyuge.
¿Cómo se adquiere ?
Es posible adquirir la vecindad civil de otro territorio con derecho civil propio por:
1.° Por residencia continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste ser esa su voluntad. En este caso hay que hacer una declaración de voluntad de querer adquirir la de su lugar de residencia.
2.° Por residencia continuada de diez años, sin declaración en contrario durante este plazo. En este caso se adquiere de forma automática, por el transcurso del tiempo.
La vecindad civil puede volver a cambiar en el caso de que se vuelva a producirse alguna de dichas circunstancias, por ejemplo una nueva residencia de diez años.
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*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.