Flash Jurídico
Cambio titularidad del vehículo tras el divorcio
El cambio de titularidad de un vehículo tras un divorcio es un trámite administrativo necesario cuando, como consecuencia de la disolución del matrimonio, se adjudica el coche a uno de los cónyuges, tal como comentamos en el artículo ¿Quien se queda con el coche tras el divorcio?
Este proceso garantiza que el nuevo titular figure correctamente en el registro de la cambiar la titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT), lo que tiene efectos legales en materia de responsabilidad, impuestos y sanciones.
Documento principal: el Convenio Regulador en el divorcio de mutuo acuerdo
En primer lugar, es imprescindible contar con un documento que acredite la adjudicación del vehículo. Normalmente, se trata de la sentencia de divorcio o del convenio regulador aprobado judicialmente si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo (único que puede tramitarse online). En el convenio regulador se especifica qué cónyuge pasa a ser el propietario del coche. Este documento es fundamental, ya que sustituye al contrato de compraventa habitual en otros casos de transmisión.
Otros requisitos

Además, se requieren otros documentos básicos: el permiso de circulación del vehículo, la ficha técnica con la ITV en vigor, el DNI o documento identificativo del nuevo titular, y el justificante del pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En los casos de divorcio, suele aplicarse una exención de este impuesto, pero es necesario presentar el modelo correspondiente en la comunidad autónoma.
El procedimiento puede realizarse de forma presencial en una Jefatura de Tráfico o de manera telemática. En este caso hay que disponer de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. Es necesario abonar la tasa correspondiente, salvo en determinados supuestos de exención. También es importante verificar que el vehículo está libre de cargas, como embargos o reservas de dominio, ya que esto podría impedir el cambio de titularidad.
Un aspecto relevante es que no es necesario que el antiguo titular acuda personalmente si existe resolución judicial firme. No obstante, si el trámite se realiza sin convenio regulador claro, puede requerirse autorización o firma de ambas partes.
Por último, una vez realizado el cambio, el nuevo titular asume todas las responsabilidades legales del vehículo, incluyendo el pago del impuesto de circulación, posibles multas y el mantenimiento del seguro obligatorio. Por ello, es recomendable notificar también a la compañía aseguradora el cambio de titularidad.
En definitiva, aunque el procedimiento es relativamente sencillo, exige reunir correctamente la documentación y cumplir con los requisitos administrativos para evitar incidencias o retrasos.
Enlaces de Interés
Divorcio Express de mutuo acuerdo
*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.
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