Derecho fácil
¿Qué significa desafectación de la vivienda en el derecho de familia?
Divorcio derecho fácil es una explicación sencilla de conceptos jurídicos de Derecho de familia que encontrarás en los artículos sobre divorcio ofrecidos por Divorcial.
La desafectación de la vivienda en el Derecho de Familia se refiere al acto jurídico mediante el cual una vivienda deja de estar protegida por un régimen especial destinado a garantizar el uso del hogar familiar.
En el contexto del divorcio, la desafectación de la vivienda familiar suele relacionarse con la finalización del derecho de uso que había sido atribuido a uno de los cónyuges tras la ruptura matrimonial.
Cuando se produce un divorcio, las partes en el Convenio Regulador en el divorcio de mutuo acuerdo, o el juez en el divorcio contencioso, pueden atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los esposos —normalmente al progenitor que queda a cargo de los hijos menores— aunque la propiedad pertenezca al otro o a ambos. Esta medida tiene una finalidad de protección familiar y de estabilidad para los hijos.
La desafectación aparece cuando desaparecen las circunstancias que justificaban esa protección. Por ejemplo:
- los hijos alcanzan la mayoría de edad o independencia económica;
- el beneficiario deja de residir en la vivienda;
- se constituye una nueva convivencia estable;
- cambia sustancialmente la situación económica o familiar;
- las partes acuerdan extinguir el uso.
En ese momento, puede solicitarse judicialmente la extinción o desafectación del uso de la vivienda familiar. Como consecuencia, el inmueble deja de estar vinculado a esa finalidad familiar y el propietario recupera plenamente sus facultades de disposición, pudiendo venderlo, alquilarlo o repartirlo en la liquidación del patrimonio común.
Dentro del Derecho de Familia, esta cuestión puede generar conflictos porque enfrenta el derecho de propiedad con la necesidad de protección del cónyuge más vulnerable y de los hijos.
Enlaces de Interés
Divorcio Express de mutuo acuerdo
*Los comentarios ofrecidos tienen una finalidad meramente divulgativa y no constituyen por tanto, asesoramiento jurídico.
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